CRITERIOS PARA ESTABLECER EL AGRUPAMIENTO DEL ALUMNADO
A la hora de determinar los componentes de cada grupo de
clase, se actuará siempre bajo el principio de establecimiento de grupos heterogéneos, es
decir, no se harán grupos en cuanto a capacidades intelectuales, sexo, raza o religión.
Si la experiencia del año anterior así lo aconseja, se
priorizará la continuidad del grupo respecto al
pasado curso.
El alumnado repetidor y los que hayan promocionado por
imperativo legal, si los hubiera, será distribuido equitativamente entre los grupos existentes en
ese nivel.
El alumnado con necesidades educativas especiales, en su
caso, serán distribuidos equitativamente entre los grupos existentes en ese nivel.
Se ubicarán en grupos diferentes a los alumnos y alumnas que
generen problemas de convivencia
motivados por su interacción dentro del grupo.
Se procurará que el número de alumnado por grupo sea
equilibrado.
La materia optativa elegida, también determinará la
formación de los grupos.
En 1º será criterio prioritario para la agrupación del
alumnado las recomendaciones, orientaciones e informaciones surgidas de las reuniones de
transición celebradas con los tutores y tutoras del CEIP Lucena Rivas.
A propuesta de los departamentos de materias instrumentales
y siempre que el cupo de profesorado así lo permita, se podrán realizar agrupamientos
flexibles, que permitan dar respuesta a las necesidades educativas del alumnado para
impartir una mejor calidad de enseñanza.
CRITERIOS PEDAGÓGICOS PARA LA CONFECCIÓN DE LOS HORARIOS DEL PROFESORADO
Estos criterios deberán ser aprobados en el Claustro de
Profesorado de comienzo de curso. En la
actualidad son los siguientes:
1. Las clases de una misma materia estarán escalonadas y
alternadas a lo largo de la semana y se
procurará que las materias instrumentales en la ESO se
impartan en las primeras horas de la jornada. Este criterio se fijará de manera que no se imparta
más de una hora instrumental en el último tramo horario, evitando así que el resto de asignaturas
del centro se vean obligadas a impartirse a últimas horas.
2. En el caso de Lengua y Matemáticas al profesor o
profesora que imparta el área le corresponderá
también el Refuerzo del mismo grupo.
3. El horario del alumnado con necesidad de apoyo educativo
en las asignaturas instrumentales será elaborado por Jefatura de Estudios, que procurará ajustarlo
a las horas en que el grupo de referencia está recibiendo clases de estas mismas materias.
El Departamento de Orientación hará llegar a Jefatura de Estudios las oportunas propuestas
pedagógicas al respecto.
4. Asimismo, se fijará para la primera quincena de
septiembre un calendario de actuaciones de trabajo coordinado con el Departamento de Orientación para
que el comienzo de estas clases no tenga lugar más tarde de la segunda semana de septiembre.
Los horarios del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo o
integración tardía en el sistema educativo se estructurarán de manera que respondan a sus necesidades, ya
sea dentro o fuera del aula. Se potenciará el apoyo educativo dentro del aula.
5. La asignación de aulas específicas, de gestión y
polivalentes se ajustará a lo establecido en la legislación vigente. El resto de horas se organizarán de
acuerdo con las necesidades expresadas por
los departamentos para cada curso escolar, atendiendo
siempre a criterios pedagógicos y a las características físicas del centro, a fin de evitar
deslazamientos en los cambios de clase.
6. El horario de cada profesor/a se distribuirá de manera
equilibrada a lo largo de toda la semana,
evitando la concentración de más de cinco horas lectivas en
un solo día y un mínimo de dos horas
lectivas. No obstante quien desee limitar la docencia a
cuatro horas máximas lo indicará de manera
expresa a Jefatura de Estudios.
7. Se procurara que cada año sea rotativo las salidas a las
últimas horas del viernes.